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Medida 3. Convocatorias para realizar, registrar y explotar desarrollos tecnológicos.

 

A. Programa 1: Ecosistema universitario para la transferencia de conocimiento. Medida  3.   Convocatorias para realizar, registrar y explotar desarrollos tecnológicos.

Las universidades impulsarán la realización de convocatorias internas regulares y periódicas para promover la transferencia de conocimiento mediante el desarrollo y registro de invenciones, de prototipos orientados al mercado y de pruebas de concepto.

Las universidades organizarán actuaciones concretas de difusión de los resultados que vayan obteniendo, en colaboración con empresas que estén trabajando en tecnologías y/o mercados concurrentes.

Se incluyen aquí:

  • Convocatorias para que el alumnado experimente con prototipos orientados al mercado. Estas convocatorias serán compatibles con la realización de trabajos de fin de grado, máster o doctorado y se orientarán a resolver necesidades concretas de la sociedad y/o las empresas. Se priorizará la presencia empresarial en tareas de orientación y/o tutorización.

Incluye el apoyo para la realización del prototipo; la tutorización del mismo; la protección legal de la propiedad intelectual e industrial de los resultados cuando proceda y el apoyo a su comercialización mediante la cesión de derechos de explotación o mediante la creación de una nueva empresa innovadora y/o de base tecnológica (EBT).

  • Convocatorias internas para que el personal investigador universitario pueda realizar pruebas de concepto previas a la comercialización de un nuevo producto, proceso o servicio. Estas convocatorias deberán especificar cierto impacto en el desarrollo curricular de los beneficiarios o beneficiarias a efectos de méritos internos y dar preferencia a los grupos de investigación que tengan un marcado carácter multidisciplinar.

Incluye el apoyo para la realización de la prueba de concepto; la protección legal de la propiedad intelectual e industrial de los resultados cuando proceda y el apoyo a su comercialización mediante la cesión de derechos de explotación o mediante la creación de una nueva empresa innovadora y/o de base tecnológica (EBT).

  • Convocatorias internas para registrar nuevas invenciones. Estas convocatorias, que deberán realizarse con carácter regular y periódico o permanecer abiertas a lo largo del año, deberán tener reflejo en el desarrollo curricular de los inventores e inventoras (personal investigador universitario) a efectos de méritos internos y dar preferencia a los grupos de investigación que tengan un marcado carácter multidisciplinar. La decisión de patentar deberá ir condicionada necesariamente a la existencia de pruebas de concepto y a un análisis previo de la viabilidad comercial (circunstancia que deberá ser bien definida por la propia convocatoria).

  • Convocatorias «Itinerario para la Transferencia de Resultados» (ITR) que permitan explorar las posibilidades de transferencia de proyectos de investigación concluidos con éxito y/o financiados en convocatorias de apoyo a la investigación, mediante las siguientes fases metodológicas:

     1. Identificación de proyectos transferibles.

     2. Evaluación por paneles de expertos.

     3. Estudios previos de viabilidad que orienten los proyectos mejor valorados hacia:

       • Proyectos conjuntos universidad – empresa.

       • Registro de propiedad industrial.

       • Creación de nueva actividad empresarial.

     4. Plan de explotación de resultados de los proyectos finalmente seleccionados.

     5. Seguimiento de resultados.

 

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