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Medida 1. Planes Estratégicos.

 

A. Programa 1: Ecosistema universitario para la transferencia de conocimiento. 1. Planes Estratégicos.

Las universidades diseñarán, aprobarán (los órganos competentes en cada caso) e implementarán un plan estratégico (vinculante) en materia de transferencia de conocimiento con una vigencia mínima de tres años, que determine lo siguiente:

   • Una política de publicación/divulgación que promueva una amplia difusión de los resultados de la investigación sin penalizar la propiedad intelectual y su posible explotación comercial.

   • El establecimiento de principios claros relativos a la distribución de los beneficios que generen las actividades derivadas de la transferencia de conocimientos entre la universidad, el departamento y los inventores o el personal investigador, que incentiven tanto la formalización de contratos de investigación con empresas como la solicitud de patentes. Incluyendo una política propia de incentivos (económicos o no económicos) dentro de los márgenes y la autonomía que concede la normativa legal a cada universidad.

   • La clarificación explícita de los canales y las vías de contacto y conexión Universidad – Empresa, difundiendo ampliamente el modelo, sus mecanismos, responsables y coordenadas de contacto, tanto interna como externamente.

   • Los procedimientos para favorecer el emprendimiento social, la creación de spin-off, de empresas de base tecnológica y de empresas innovadoras en el ámbito de las humanidades, las ciencias sociales y la cultura, determinando los cauces para una posible participación de la universidad en este tipo de empresas.

   • Un sistema específico de seguimiento de los principales indicadores de transferencia de conocimiento, que determine responsables dentro de la universidad y formalice unos cauces adecuados para su difusión interna y externa, especialmente esta última cuando se trate de interactuar con autores de estudios y rankings externos sobre esta materia.

Dentro de esta misma apuesta estratégica a medio y largo plazo, las universidades impulsarán la obtención del sello europeo «HR Excellence in Research»2 en la medida en que pueda mejorar su acceso a la financiación europea de proyectos.

Las universidades difundirán interna y externamente toda esta normativa, planificación y protocolos. A través de los medios y formatos más adecuados en cada caso y, singularmente, a través de sus páginas Web y de las de sus entidades dependientes o adscritas.

 


2 El sello de calidad HR Excellence in Research es concedido por la Comisión Europea e identifica a las universidades e instituciones que generan y apoyan la existencia de un entorno estimulante y favorable al trabajo de investigación. La obtención de este sello incluye:
   1. Análisis interno de la entidad que quiere obtener el sello de calidad, involucrando a todos los departamentos claves.
   2. Una vez realizado este análisis, la entidad desarrolla su propia Estrategia de Recursos Humanos para investigadores incluyendo un Plan de Acción. Este documento se hará público.
   3. La Comisión Europea revisa este Plan de Acción para dar el sello a la entidad interesada.

 

 

 

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